Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de enero de 2013 por el abogado PEDRO MATURANA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 17 de enero de 2013 por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia apelada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JESUS BOLIVAR ESPINAL en contra de la sociedad mercantil EDITORIAL EL NACIONAL C.A. CUARTO: SE ORDENA a la part.....