Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de noviembre de 2012 por el abogado EDGAR VELÁSQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 23 de noviembre de 2012 por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia apelada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana IRAIDA JOSEFINA MEDINA FLORES en contra del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL PERIODISTA. CUARTO: SE ORDENA.....