Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
Declara Con Lugar la inhibición presentada por la Jueza Greddis Pineda, en la seguida en contra del ciudadano Tomás Enrique Delgado Delgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89, numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión y remítase las actuaciones a la jueza que está conociendo de la causa y envíese copia certificada de la presente d.....