Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda Accidental de Reenvío en lo Penal Para El Régimen Procesal Transitorio con competencia en Violencia Contra La Mujer de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada EVERLIN DE LA CRUZ, Defensora Pública Primera Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del imputado JUNIOR OSWALDO ABAD, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, de fecha 23 de enero de 2010, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra el referido imputado, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, tipificado .....