Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto el 29-09-2016, por la ciudadana PEGGY VILLASMIL, Defensora Pública Auxiliar Décima Sexta (16º) con Competencia Especial en los Delitos de Violencia Contra la Mujer, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, en fecha 24 de septiembre de 2016, mediante la cual impuso al ciudadano JOSÉ ANTONIO SALAZAR HERNANDEZ, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, contenida en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal y la Medidas de Protección y Seguridad conten.....