Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de octubre de 2017, por la ciudadana PASTORA HUERTA DE LA HOZ abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33.32, en su carácter de Defensora, del ciudadano HENRY JOSÉ CORREA BARROSO, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.430.057, interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de octubre de 2017, a través de la cual negó la solicitud de nulidad absoluta del escrito acusatorio, las excepciones opuestas y algunos medios de prueba.