Por las razones que han sido expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el presente recurso de apelación, interpuesto el 14 de noviembre de 2016, por la ciudadana SORAIMA PEREZ, Defensora Pública Auxiliar Séptima (7º) con Competencia Especial en materia de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, actuando en defensa del ciudadano LUIS GREGORIO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-23.926.026, contra la decisión dictada el 8 de noviembre de 2016, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por no existir la violación de las normas legales y constitucionales alegadas.