Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANGEL EDUARDO MILANO GALLARDO, en su carácter de Defensa Privada del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO RONAS QUINTERO, contra la decisión dictada en fecha 26-07-2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual DECLARÒ SIN LUGAR EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa contra el mencionado acusado.
SEGUNDO: Decreta la Nulidad Absoluta, de la decisión dictada en fecha 26-07-2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual DECL.....