ÚNICO: Se ordena que el presente procedimiento siga las disposiciones establecidas en el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con la investigación seguida contra del ciudadano FREDDY ARTURO CORONADO ALFONZO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.750.519, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículo 42, eiusdem, en agravio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, quien interpuso denuncia ante la sede de la Policía Nacional Bolivariana, que riela al folio (05), en la cual refiere que el día 10/02/2014, el señor la golpeo porque le encontró un mensaje en la red social Facebook de su ex pareja. Estos hechos se corresponden con la conducta a desplegar por el agresor en el referido tipo penal. En relación a las Medidas de Protección y de Seguridad este Tribunal al tener como norte lo establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica Sob.....