Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano MOISÉS DAVID CAMPOS MATA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V.-13.748.603, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el Segundo aparte del Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana A.E.C.F (Se omite identidad), TITULAR DE LA Cedula de Identidad Nº V-12.912.115, y por cuanto el sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene autoridad de cosa juzgada, se acuerda el CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL dictada en contra del m.....