SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en su contra, según lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem, en concordancia con el artículo 300, numeral 3 ibídem. Se decreta el cese inmediato de todas las Medidas cautelares y de Protección y Seguridad las establecidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que hayan podido ser dictadas durante el proceso. Se acuerda asimismo librar oficio a Siipol a los fines que borren del sistema cualquier registro que exista del ciudadano JESÚS ALCIDES YILALES, relacionada con la presente causa. Remítase en su oportunidad legal el expediente a la oficina de Archivo Judicial a los fines de su resguardo y cuido. A tal efecto.
Quedaron las partes notificadas con la lectura del acta del resultado de la audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada en su presencia al término de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Decreto con Rango, Valor.....