Se acuerda EXTINGUIR LA ACCIÓN PENAL, seguida en contra del ciudadano MANUEL VICENTE SILVA FUENTES, de conformidad con lo previsto en el artículo 48, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y por corolario DECRETAR el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en su contra, según lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem, en concordancia con el artículo 300, numeral 3 ibídem. Remítase en su oportunidad legal el expediente a la oficina de Archivo Judicial a los fines de su resguardo y cuido.