PRIMERO: se admite parcialmente el escrito acusatorio planteado en contra del ciudadano David Arevalo Pinto; en otros términos, sólo se acoge lo referente al delito de Violencia psicológica en perjuicio de la ciudadana Amada Coromoto Calderón Carmona, y se decreta el sobreseimiento de los delitos de Violencia psicológica, Acoso u hostigamiento y Violencia física, en contra de la ciudadana Dayareth Carolina Arevalo Calderón; Acoso u hostigamiento y Violencia física, en contra de Amada Coromoto Calderón Carmona, todo ello, de conformidad con las previsiones del artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: se admiten las testimoniales y documentales. TERCERO: Admitida parcialmente la acusación y sobreseído los delitos de Acoso u hostigamiento y Violencia física en relación a la ciudadana Amada Coromoto Calderón Carmona, se impone nuevamente al ciudadano DAVID AREVALO PINTO de las alternativas a la prosecución del proceso y del Procedimiento Especial por Admisión de .....