PRIMERO: Se absuelve al ciudadano ROBERT OSWALDO SALAZAR PEREZ en lo referente al delito de violencia psicológica, conforme a lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: CONDENA al acusado ROBERT OSWALDO SALAZAR PEREZ a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre le Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, encabezamiento en relación con el 413 del Código Penal, más la pena accesoria establecida en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 5 y 120 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, éste último establece que los tribunales de violencia contra la mujer contarán con un equipo multidisci.....