PRIMERO: CONDENA al acusado JdelaPVT, titular de la cédula de identidad Nro V- (omite) a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la adolescente víctima, se omite identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, más la pena accesoria establecida en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, impone al acusado JDELAPVT, a asistir de carácter obligatorio a los programas de orientación, atención y prevención dirigidos a modificar su conducta y evitar la reincidencia, por el tiempo de duración de la condena, programas de orientación que impartirá el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELAC.....