En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ABSUELVE a los ciudadanos LUÍS GERARDO RODRÍGUEZ TORRES, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 25 años de edad, nacido en fecha 04-05-1986, de profesión u oficio buhonero, estado civil soltero, hijo de Uvaldina Torres (F) y Arquímedes Rodríguez (V), residenciado en el Barrio la Agricultura, Calle el Caminito, casa Nº 51, a media cuadra del abasto los chinos, teléfono 0416-836-9907, 0416-404-7714 (Isabel); LUÍS GUSTAVO ARGUINZONES, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 19 años de edad, nacido en fecha 25-06-1992, de profesión u oficio buhonero, estado civil soltero, hijo de Aura.....