Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar la excepción opuesta por la defensa de conformidad con el artículo 31 numeral 4 referida a la acción promovida ilegalmente, prevista en el artículo 28 numeral 4, li SEGUNDO: Se declara sin lugar la incorporación de los medios de pruebas solicitada por la defensa TERCERO: Se CONDENA al ciudadano A.D.P.P, a cumplir la pena de ONCE (11) MESES DE PRISIÓN, en virtud de su autoría y responsabilidad en la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y el de ACOSO U HOSTIGAMIENTOS, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, asimismo, se condena a la inhabi.....