Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de la defensa de que se decrete el sobreseimiento de la causa conforme con lo previsto en el artículo 322 en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el numeral 8 del artículo 48 del mismo texto adjetivo penal en relación con el numeral 5 del artículo 108 y artículo 110 del Código Penal, normas adjetivas estas que se aplican en el presente proceso por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de que evidentemente no se encuentra prescrita la acción penal. SE.....