En corolario a lo anterior, es por lo que es criterio de quien suscribe, que lo procedente y ajustado a derecho es que se admita la presente inhibición así como las pruebas aportadas y, por vía de consecuencia, se declare con lugar la inhibición, planteada por encontrarme incursa en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Es así, que dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 94 de nuestra Norma Penal Adjetiva, aplicada por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ordena remitir las presentes actuaciones en original mediante oficio e informáticamente a través del Modelo Organizacional Iuris 2000, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, a los fines de que sea distribuido al Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio de Viole.....