este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO presentado por el profesional del derecho MANUEL ANTONIO ESPINOZA MELET, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.776, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ELIO JOSÉ MAYZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.247.494, quien es parte demandada en el juicio de Obligación de Manutención signado con el Nro. AP51-V-2009-021239, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, queda firme la decisión apelada, dictada en fecha sentencia de fecha 05 de Mayo de 2010, por la Jueza Unipersonal III de la Sala de Juicio de este Cir.....