declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSÉ GREGORIO PALOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.915.172, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por la extinta Jueza Unipersonal XIV de este Circuito Judicial, hoy Jueza del Tribunal Decimotercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, de este Circuito Judicial, en fecha 13 de abril del año 2010.