Se dictó resolución en la cual se declaró inoficioso, el presente recurso de hecho intentado por el profesional del derecho LEUDYS MAITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.378, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE GREGORIO CENTOFANTI CLEMENZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.-11.994.027, en contra de la decisión tomada por la Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, de este Circuito Judicial.-