En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación intentado en fecha 11 de agosto del 2011, por el profesional el derecho BENITO MARTÍNEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 51.368, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL ANTONIO VILLARREAL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.568.275; contra la resolución dictada en fecha 04 de agosto de 2011, por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaró Con Lugar la demanda de divorcio incoada por el ho.....