declara con lugar el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Lisbeth León Mendoza, titular de la cédula de identidad número V-10.872.834, contra el Decreto del Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y adopción internacional, de fecha 26 de abril de 2013, el cual negó las medidas preventivas solicitadas por la actora en su libelo de Demanda de Simulación, el cual se Revoca en todas y cada una de sus partes. En consecuencia y de conformidad con el articulo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 466 de LOPNNA y la facultad de decidir el fondo del asunto en esta Superioridad, se ordena: Primero: Se designa un administrador ad-hoc, con facultades de vigilancia, en los asuntos ordinarios y extraordinarios de las Empresas Concretara Nuevo Horizonte, C.A. y Distribuidora Etna, C.A. ambas plenamente identificadas en los autos, los cuales se dan por rep.....