Por todo lo anterior, este Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara perecido el recurso de apelación presentado por el ciudadano José Gregorio Zapata Duran, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-6.940.447, debidamente asistido por el abogado José Balzan inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.174, contra la decisión dictada en fecha 20 de Junio de 2012, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual se confirma en todas sus partes; y así se declara..-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.