declara su incompetencia, para conocer de la Inhibición planteada por la Dra. Yunamith Medina, en su carácter de Jueza del Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el asunto signado con el Nro. AP51-R-2013-008362, contentivo del juicio principal de Procedimiento Disciplinario, planteado por la Dra. Mairim Ruiz Ramos, en su carácter de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, contra la abogada Olga Glenny Salas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.175. En consecuencia, se declara competente para conocer de la Inhibición planteada y consecuentemente del Recurso Ordinario de Apelación, interpuesto en fechas 25 y 29 de abril de 2013, por la Abg. Olga Glenny Salas, contra la Sentencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que conoció de un Acto Administrativo, al Tribunal Superior.....