este Tribunal se pronunció en relación a la solicitud de medidas cautelares: PRIMERO: Se Niega la solicitud de decreto de medida cautelar de régimen de convivencia familiar a favor del niño (Se omite la identificación del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 4 años de edad con su progenitor, ciudadano RODRIGO ALEJANDRO KOZMA QUERINI, titular de la CI N° V-20.802.006, por las razones suficientemente descritas en la motiva de la presente decisión. SEGUNDO: Se suspenden los efectos de la sentencia de fecha 18 de mayo de 2017 dictada por el Tribunal 4° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial mientras dure el presente procedimiento de Acción de Amparo Constitucional, pudiendo quien suscribe de considerarlo prudente de conformidad con la sentencia constitucional citada en el cuerpo de la p.....