Esta alzada, declara con lugar la querella de amparo Constitucional, intentada por el ciudadano Abg. Iván Gómez, No. 6.981, contra las omisiones de la ciudadana Juez del Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, en sus funciones; en el auto de fecha 25 de marzo de 2011, el cual se deja sin efecto; y que declaró la ejecución de una Sentencia dictada por el Tribunal Superior Tercero en fecha 24 de Enero de 2011, fundamentándolo en los montos de la Sentencia de fecha 05 de Marzo de 2010 que fue anulada. En consecuencia y por efecto del presente fallo, la Sentencia ejecutoria, en todo caso es la del Superior Tercero de fecha 24 de Enero de 2011, quedando anulados, los montos fijados en la revisión de la Sentencia de fecha 05 de Marzo de 2010, manteniendo su vigencia los montos fijados en la Sentencia de fecha 01 de abril del 2004 por la extinta Corte Superior del Circuito de Protección del Area Metropolitana de Caracas.