este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha ocho (08) de abril de dos mil dos mil quince (2015), por la abogada OLMARY ELIZABETH LARREA OLALLA, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.080, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LORENA COROMOTO ROJAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.898.691;contra la decisión dictada en fecha nueve (09) de marzo de dos mil quince (2015), por la Juez del Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, en el.....