SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de exequátur, presentada por el ciudadano MAIKEL PRADO, Defensor Público Auxiliar Décimo Noveno, adscrito a la Defensoría Pública del Área Metropolitana de Caracas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.939, asistiendo a la ciudadana YIDARETH DEL CARMEN DAVILA URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.484.151, en su condición de madre y representante legal de la niña se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cinco (05) años de edad, mediante la cual peticionó la tramitación de exequátur de la sentencia dictada por el Tribunale Per I Minorenni Di Roma-Italia, (Tribunal de Menores de Roma), en fecha 14/12/2011, en el Procedimiento para la Regulación de Patria Potestad de la niña se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño.....