En el día de hoy, 15/02/2013, Este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Acción Mero Declarativa de Reconocimiento de la Relación Estable de Hecho (Unión Concubinaria), incoada por la ciudadana JACKELINI DEL CARMEN SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.196.908, en contra del niño. (Se omiten los datos de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del NIÑO, Niña y Adolescente) En consecuencia, SE DECLARA que entre la ciudadana JACKELINI DEL CARMEN SUAREZ, supra identificada y el De Cujus DIEGO JAVIER CHAPELLNI LABRADOR, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-18.185.969, exis.....