Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO (CONCUBINARIA) incoada por la ciudadana CARMEN DELIA VILLANI REYES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-18.556.626, ya identificada en el presente fallo.
SEGUNDO: Consecuentemente a lo anterior se DECLARA que entre los ciudadanos CARMEN DELIA VILLANI REYES y el de cujus FRANCISCO JOSÉ ROJAS FERMÍN, venezolano y titular de la cédula de identidad número V-10.879.876, existió una unión estable de hecho concubinaria, que comenzó en el mes de octubre de 2009 y culminó en fecha 2 de mayo de 2013, con el fallecimiento de éste último, tiempo .....