Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, declara INADMISIBLE la presente demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por la Abogada en ejercicio ADRIANA DELGADO MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.666, contra la ciudadana DAMARIS DE JESUS FIGUEROA LANDAETA, venezolana, mayor de edad y titulares de la cédula de identidad Nos. V-12.911.172, por haber evidenciado elementos –falta de estimación de la demanda- que impiden seguir las pautas del procedimiento monitorio y en consecuencia se ordena el CIERRE y ARCHIVO de la presente incidencia en virtud de que no reúne los requisitos establecidos en la sentencia Nº 57 de fecha 20/01/2001, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil,.....