Este TRIBUNAL SEGUNDO (2DO.) DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda de Revisión de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana GRACE ISABEL DE FREITAS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.952.703, en beneficio de la niña (SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULOS 65 DE LA LOPNNA), quien cuenta con diez (10) años de edad, contra del ciudadano JOSÉ FÉLIX BALADO CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.- 12.485.295. SEGUNDO: Se FIJA como nuevo monto de Obligación de Manutención la cantidad de MIL BOLÍVARES (BS. 1000, 00) mensuales, equivalentes al TREINTA PUNTO CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (30.58.....