...En merito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SEGUNDO (2do.) DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Colocación Familiar, incoada por la ciudadana ARACELIS ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 10.867.956 contra el ciudadano EDGAR ARTURO BOLLER ARAEZ , mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-6.123.489. En consecuencia, la Custodia del niño (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quien cuenta actualmente con once (11) años de edad, será ejercida por su progenitor, el ciudadano EDGAR ARTURO BOLLER ARAEZ...