/Se dictó resolución declarando INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer de la presente demanda de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE POLANCO HERRERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.122.870, a favor de su hijo el niño SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LOPNNA, asistidos por la Abg. MIRIAM VIVAS, actuando en su carácter de Defensora Pública Cuarta (04°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, contra la ciudadana GERALDINE MARTINE ARANGUREN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-11.061.363, en consecuencia, se declina la competencia al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.-