declara CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana MAYERLIN DEL CARMEN ALONZO URBANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad Nro. V-13.140.143, en beneficio de su hija, la adolescente (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA).. En tal virtud, reconózcase a partir de éste mismo momento a la adolescente de marras, como CARGA FAMILIAR del ciudadano DIUBENE JOSÉ GÁMEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.169.126, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, quedando en consecuencia, plenamente legitimada para ser acreedora de todos los beneficios socio-económicos pertenecientes al referido ciudadano, incluyendo aquellos que le corresponden con ocasión de la relación laboral que mantiene con la Fundación de Capacitación e Innovación para Apoyar a la Revolución Agraria (CIARA), y así se declara.