este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución, y Régimen Transitorio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos CARLOS EDUARDO PALMA MAITA y ROSA MARÍA BUITRAGO, ambos venezolanos mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-9.901.684 y V-11.112.840, respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los precitados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 04 de Diciembre de 1990, como se evidencia del Acta de Matrimonio N°220, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y así se d.....