este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de Cumplimiento de Régimen de Convivencia Familiar interpuesta por el ciudadano HENRI ABRUSCI VENTURA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.507.586, en contra de la ciudadana SANDRA EMILIA PAOLINETTI CARLETTI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V -10.330.147, en beneficio de su hija, la niña (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), actualmente de ocho (08) años de edad. En consecuencia, se ordena a la ciudadana SANDRA EMILIA PAOLINETTI CARLETTI, anteriormente identificada, da.....