Se acordó DISCERNIR en la persona de la ciudadana SONIA MARIA RIVAS DE RONDON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-2.120.365, el cargo de CURADORA AD-HOC del adolescente (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes).