Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal HOMOLOGO el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la ABG. GRACIELA AGUILAR, actuando en su carácter de Fiscal Centésima (100°) del Ministerio Público, y suscrito por los ciudadanos YOLEINI GABRIELA MARTINEZ DE SISCO y JOSE GREGORIO SISCO PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 22.358.426 y V- 19.223.199, respectivamente, a favor de la niña SE OMITE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.-