Por las razones esgrimidas en el fallo, se AUTORIZA a la ciudadana LUCINED VICTORIA BUET BOADAS, titular de la cédula de identidad Nº. V-22.914.162, a la libre administración y disposición de la cuota parte del caudal hereditario concerniente a la de cujus LUISA VICTORIA BOADAS DE BUET, quien fuera titular de la cédula de identidad N° V-2.833.809. En tal sentido, ofíciese al DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA DIVISIÓN DE EGRESOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, a objeto de hacer de su debido conocimiento del presente fallo, y en tal sentido, hacerle saber que los beneficios donde se haga titular la ciudadana LUCINED VICTORIA BUET BOADAS, a partir de la fecha de publicación del presente fallo deberán ser expedidos a nombre de la citada ciudadana y ser entregados a su persona.