vista la diligencia de fecha 07/07/2011, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en virtud de lo ante expuesto, esta Jueza Octava de conformidad con lo establecido en el artículo 263 Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 264 y siguientes del mismo cuerpo legal, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA.