Se Declara CON LUGAR el DIVORCIO de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL RUIZ TERÁN y ANA LUCIA ALVIAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 6.335.939 y V- 10.484.215, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre los prenombrados ciudadanos, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 30 de Enero 1986, según acta expedida por el citado despacho bajo el Nº 26; HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes las INSTITUCIONES FAMILIARES, a favor del niño (SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ESPECIAL QUE RIGE LA MATERIA).