Se dicto sentencia mediante la cual, este Juez del Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por los progenitores de la niña, en fecha 26 de agosto de 2013, ante la referida Fiscalia, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, presentado por el Abogado RAMON LISCANO, en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto del Ministerio Publico, y suscrito por los ciudadanos ALQUIMEDES ROBERTO GUZMAN VASQUEZ y ESPERANZA DONAYE BARRIOS, titulares de las Cédulas de Identidad No. V-10.094.732 y V-6.165.048, respectivamente.