HOMOLOGACIÓN/Este Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha Acta de CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR presentada para su Homologación por la Abogada AMBAR SANCHEZ, en su carácter de Defensora de los Derechos de de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 115, adscrita a la Defensoría "BETO MORALES", suscrita por los ciudadanos CRISTHIAN RAMON DONIS SANCHEZ y SAIDE YERLINE CASTRO MOGOLLON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.163.334 y V-19.508.514, respectivamente, en sus carácter de progenitores de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de dos (02) años de edad.