Este Tribunal Noveno de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se declara Incompetente por el Territorio para el conocimiento de la presente causa y DECLINA LA COMPETENCIA al Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Carabobo con Sede en la Ciudad de Valencia, a los fines de que en lo sucesivo conozca de la presente causa; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 177 Parágrafo Primero en su literal "L" y 453 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.