Por todas las consideraciones anteriores, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza del Tribunal Noveno (9no) de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la ciudadana MARITZA JOSEFINA PEÑA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 14.050.652, actuando en su carácter de progenitora de los niños SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de seis (06) y tres (03) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano RAUL EDUARDO DAVILA VILLASANA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.-16.224.187.