RESOLUCIÓN DUUH CL DH/Se dictó resolución en la cua este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceras personas con igual o mejor derecho, DECLARA ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUÍS GUILLERMO VILLEGAS VARGAS, titular de la cédula de identidad número V-7.576.127, a su cónyuge e hijos: ciudadana LUZ AMPARO GIL DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.300.710 y la niña y el adolescente [...], de diez (10) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 517 de la LOPNNA, en concordancia con los artículos 936 y 937 del CPC. Asimismo se declara TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO y su desincorporación del archivo.