Se declaró CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN y se DECRETÓ la Ejecución Forzosa de la cantidad de Bs.9.700,00, por concepto de Obligación de Manutención adeudada por el ciudadano JESUS ANTONIO ECHENAGUCIA BASTIDAS, y se ordenó oficiar al Jefe de Personal de la Cooperativa Integral de Seguros, a los fines de hacer de su conocimiento del presente fallo, y en consecuencia, se sirva descontar de las prestaciones sociales del obligado la cantidad de Bs.9.700,00, por concepto de Obligación de Manutención, adeudada a favor de sus hijos los adolescentes SE OMITE LA IDENTIFICACION, y sean depositadas en la Cuenta de Ahorros N° 0750-56-61100-60580271 del Banco de Bicentenario a nombre de la ciudadana IVETTE JOSEFINA FIGUEROA FIGUEROA, asimismo se sirva descontar del sueldo del Obligado la cantidad de Bs. 100,00 mensuales, más dos (02) bonificaciones en Agosto y Diciembre, lo cual deberá ser depositado en la Cuenta descrita.